Beneficiarios

Son beneficiarias de la Fundación las personas físicas mayores de edad que se encuentren en situación de abandono familiar, precariedad económica, desarraigo social, enfermedad grave física, psíquica o sensorial,  discriminación por causa de su raza, nacionalidad, o de otra índole, y en general, todas las personas mayores que se encuentren en una situación que requiera la ayuda, intermediación o asesoramiento de la Fundación Aras para desarrollar una vida lo más plena posible en función de sus circunstancias personales.

También serán beneficiarias de la Fundación, las personas jurídicas que desarrollen, con carácter general o puntualmente, tareas en beneficio de las personas mayores, siempre y cuando sus objetivos coincidan con los que se recogen en los presentes estatutos.

La determinación de los beneficiarios se efectuará por el Patronato con criterios de imparcialidad, objetividad, igualdad y no discriminación.

En resumen, la Fundación Aras estará allí donde un abuelo/a lo necesite y las personas que forman parte de ella dedican su tiempo y su esfuerzo a buscar recursos para solventar los múltiples problemas que se encuentran ante la presencia de ancianos abandonados, enfermos, desarraigados, … y en muchas ocasiones, abandonados a su suerte.

La construcción de una Residencia es un instrumento primordial para hacer frente a estos objetivos y los  miembros de la Fundación no van a cejar hasta levantar ese edificio donde acoger a los abuelos necesitados de amparo.

La AYUDA CIUDADANA es FUNDAMENTAL para conseguirlo.

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Sanlúcar de Barrameda
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